Carlos Javier Carreño Cabrera, en el marco del curso Conquista, colonización y Antiguo Régimen de Canarias , s XV- s XVIII.
El 21 de septiembre de 1762 se produce en La Gomera una “revuelta popular” contra el régimen señorial imperante en la Isla.
Las tensiones que cada día se fraguaban en el seno de la sociedad gomera estaban abocadas a explosiones violentas en situaciones coyunturales que habían de tomar conciencia a la totalidad del cuerpo social de la necesidad de una transformación.
La emigración se convertirá en la forma de protesta silenciosa y desgarrada, y la Isla pasará a ser exportadora de mano de obra joven para las colonias americanas, de entusiastas repobladores deseosos de crear una nueva sociedad bien diferente de aquella que habían dejado atrás. La emigración será el elemento de distensión que equilibrará la diferencia entre recursos disponibles y aumento demográfico.
EL PRELUDIO DE 1690 Y 1743/44-.
La clase dirigente, el campesinado y el proletariado gomero unen sus fuerzas para intentar acabar con los abusos y la dependencia del régimen señorial, representado por el Conde de La Gomera, título nobiliario creado en tiempos de conquista por los propios conquistadores, considerándose desde la llegada de los europeos a la Isla siempre como una Isla de señorío.
Con dicha revuelta o levantamiento popular, se intenta acabar con los abusos y la dependencia de dicho régimen señorial. La revuelta social contra el Conde de La Gomera se produce por parte de muchos vecinos, quienes tras concentrarse en Hermigua, asaltan el Castillo de los Remedios y se apoderan de la artillería y la pólvora, expulsando al administrador del Conde.
Tras la reacción contraria de los militares en la Isla, los sublevados decidieron abandonar su intento, restableciéndose el férreo control señorial dependiente del gobierno español.
El 27 de octubre de 1690, cuando el conde don Juan Bautista de Herrera, tras haberse enterado del intento de asesinato preparado en la noche del 15 de ese mes en el valle de Hermigua contra el alcalde mayor de la isla —el alférez Sebastián Pérez Montañés—
por parte de un grupo de hombres enmascarados, decide iniciar causa de proceso para averiguar la identidad de los amotinados y de sus cómplices en La Gomera y Tenerife, procediendo a la toma de declaraciones a protagonistas, sospechosos y personas citadas en las deposiciones de testigos, con la presencia inicial del propio alférez y del ayudante Lucas Fernández Martel, escribano público y del Cabildo, y notario del Santo Oficio y público del Obispado.
El Conde se halló presente en las diligencias e interrogatorios de los primeros días, tomando parte activa y adoptando decisiones acerca del desarrollo del proceso. La información se limita íntegramente a las citadas actuaciones judiciales, que se dilatan durante tres años, no sólo por la demora habitual en la sentencia por parte de la Real Audiencia de Canarias, a donde se remiten los autos, sino —como se observará más adelante— por las nuevas pruebas, procedentes de declaraciones tardías y arrepentidas en algún caso, con diferentes datos que implican a personajes que hasta ese momento habían salido con buen pie de las testificaciones, y como resultado se realizan diligencias incluso después de una primera sentencia de febrero de 1693.
La causa única y aparente de la acción era lograr la renuncia a su oficio por Pérez Montañés, quien con anterioridad había recibido advertencias en esa dirección, haciéndole llegar un amenazador papel sin firma, hasta obtener coactivamente los amotinados mediante una acción de fuerza su propósito, la dimisión del alcalde ante escribano. Pero el movimiento no se detiene en esa iniciativa, pues la actividad del depuesto gobernador y de los colaboradores señoriales en la capital de la isla amenazaban con hacer abortar a posteriori sus objetivos.
Quedan en medio los sofocados tumultos de 1699, del que sólo ha quedado la mención de Viera, y de 1743-1744, en el que confluyen —a tenor de las breves síntesis con que contamos—” una presión para controlar más la política insular y un conato de independencia jurisdiccional”.
FIGURAS IMPORTANTES QUE INSTAN A LA REBELIÓN DE 1762-.
Varios son los gomeros que organizan esta sublevación: el Capitán Vicente Fernández y su ayudante Jorge Fernández, cabezas del motín , Antonio Agustín Padilla, otra de las cabezas del motín del 62, don Antonio Álvarez, primo de los Salazar, y Francisco Morales.
Se observan entre los organizadores de este motín interrelaciones familiares y sociales entre la incipiente burguesía gomera del momento. Los dirigentes del motín son un grupo de familias que gozan de la preponderancia socio-económica, política, militar y religiosa.
La administración señorial les acusa de tener un cierto «pacto de familia», y que como por derecho de sangre pasa de unos a otros el espíritu de la rebelión.
Los sucesos se producen el 21 de Setiembre de 1762. Los problemas que habían quedado acallados por la fuerza en 1744 vuelven a resurgir en 1762, muchas veces alentados por los mismos protagonistas, ya nombrados.
Mientras España se debatía en los conflictos originados con ocasión de la guerra de Los Siete Años, varios episodios de revueltas en diferentes islas se producían en Canarias, siendo éste de la Gomera uno de los más destacados.
EL MOTÍN DE 1762. ACONTECIMIENTOS-.
El cargo de gobernador constituía el eje del poder político y la máxima vía para dominar la Isla por parte de la clase dominante insular, tras los intentos en el Quinientos de obtener parte del señorío mediante enlace matrimonial o por adquisición pecuniaria de derechos, experiencias amargas todas para la familia señorial.
El objetivo del tumulto estaba en la derogación del régimen señorial y la entrega de la isla a la Corona, librándose así de las cargas señoriales, además de la posibilidad de poner en explotación los montes (de propiedad privada) con lo que se acrecentarían las áreas de cultivo, aumentando la productividad y la consiguiente acumulación de excedentes para la exportación que reportarían amplios beneficios al acogerse a los au- mentos en el precio de los cereales. El aumento de la productividad llevaría aparejado el crecimiento de los diezmos, con lo que se ponía una masa mayor de productos en circulación de mercado.
La política hacendística de Carlos III y su ministro Esquilache introducirá un motivo más de descontento en todas las islas, en especial con la llegada del nuevo administrador general de rentas, almojarifazgos, tercias y orchillas, don Isidro Narváez y Vivero, en la primavera de 1761 como nos manifiesta Viera y Clavijo:
“…que revestido del más excesivo celo, se daba prisa en ponerlo todo en opresión. Alterase la tarifa para los aforos. Establécense nuevas recias para los comisos.
Descidese hasta las más extrañas minucias… Nótase en todos los ramos una austeridad, un rigor y una suma justicia, de que no son capaces los hombres n¡ el comercio, el cual padeció por ello graves quebrantos. Quéjanse sucesivamente los mercaderes, los cónsules, los dueños de navíos…”.
Desde el mes de julio de 1762 comienzan las reuniones en conventos, casas particulares, sacristías, etc., para estudiar las acciones y planes, así como la discusión de los puntos esenciales que se debían exponer al rey en súplica de la abolición de la jurisdicción señorial. A todo ello es necesario añadir la dura crisis de subsistencia que pasan las islas en 1762.
En la primera quincena de septiembre se reunieron en la playa de Santa Catalina de Hermigua los maestres de barcos, clérigos, religiosos dominicos, algunos regidores, capitanes y hombres del común para acordar la fecha del inicio de la sublevación. Se determina que el comienzo lo marcará la voz del cañón de la Villa, a cuya señal inmediatamente bajarían todos los habitantes a San Sebastián para celebrar un Cabildo multitudinario.
Después de una serie de algaradas con toque de tambores, expulsiones de la Villa, intimidaciones a los defensores del conde, etc., el 21 de septiembre se reunió el Cabildo General con la asistencia de los regidores, alcaldes pedáneos, curas, frailes, milicianos y dos vecinos por cada pueblo. Los trabajos de esta primera reunión se centraron en la redacción de los motivos del motín; el resultado fue la exposición de dieciséis agravios que consideraban inaceptables: 1. por la indefensa que los señores mantienen la isla; 2. la pesada carga de los quintos; 3. el elevado aforo que cobran en la aduana por las sedas; 4.el riguroso cobro de los derechos en la aduana por cualquier producto traído por los vecinos para uso particular; 5. por lo alejado que se encuentra la aduana del puerto; 6. la prohibición a los barcos de pesca de salir a la mar durante la noche con lo que se ocasionan graves perjuicios; 7. la falta de propios que tiene la isla; 8. por el cobro de derechos en las exportaciones de caldos; 9. el bajo precio a que el señor compra la orchilla; 10. porque muchas aguas están atributadas; 11. los vecinos pagan a su costa las velas de noche y día; 12. las obligaciones señoriales a los vecinos en trincheras y faginas; 13. porque siendo los montes comunes, los señores los arriendan como propios;14. porque siendo Gomera y Hierro de un mismo señor aquélla paga derechos de entrada en la aduana y ésta no; 15. la mala administración de justicia, y 16. por las excesivas cargas de censos y tributos que pesan sobre las tierras. La exposición de agravios acaba con la petición de que se les dé a todos por libres del vasallaje señorial, declarándose a favor del rey, a quien solicitan les agregue «al patrimonio de su Real Corona», y suplican se digne admitirles a todos por sus fieles vasallos.
En la reunión del día 22 de Septiembre lo más importante que se trata es la oposición a cualquier arresto que se produjese, y la declaración de los montes como «legios reales».
Los gomeros habían creído que su incorporación a la Corona sería rápida y sencilla, pensaban que sólo bastaba gritar «¡viva el rey, abajo el conde!», como había manifestado el escribano Juan Padilla cuando contaba que él había contemplado en muchos pueblos de señorío de España con gritar ¡viva el rey! cambiaban de jurisdicción.
Desgraciadamente para los amotinados, el caso de La Gomera no se podía acoger a marcos jurídicos que se habían aplicado a territorios señoriales en la Península Ibérica. Después de un largo proceso se le confirma al conde sus derechos, si bien es verdad que en ningún momento dejó de ejercer su jurisdicción.
Las represalias del conde van dirigidas a dar un ejemplar castigo a los principales cabezas para que sirviese de escarmiento general. Le propone al Comandante General el destierro de los militares a los presidios de África, y al resto el destierro por varios años a distintos lugares del Archipiélago.
Para ese duro plan de represión se basaba en lo peligroso de la actitud y deseo de algunos gomeros de entregarse a la Corona Inglesa estando España en guerra.
Al ver fracasada la sublevación que con tanto cuidado habían preparado, el 17 de octubre se vuelve a reunir el Cabildo para suplicar un perdón general del conde, y solicitar la vuelta a la isla del administrador don Miguel de Echeverría. Todos estos abatares impedirán el desarrollo de la isla y la someterán a un estado de estancamiento continuado que marcará su subdesarrollo e influirá en la estructura de la población.
LA CONFLICTIVIDAD EN LA GOMERA. PLANTEAMIENTO GENERAL
El estudio de los conflictos y tensiones sociales en el archipiélago, y en particular en las islas de señorío, aún carece del suficiente número de estudios que posibiliten una visión global de estos fenómenos
Se echan en falta estudios analíticos y una periodización y tipología de los conflictos señoriales y sobre todo es menester prescindir del juicio excesivamente parcial y afán moralizante presentes en los relatos de Viera y Darías y Padrón, que se mueven entre la defensa a ultranza de los señores y la exaltación de algunas familias isleñas. A este respecto resulta muy didáctico el desesperado intento de este último autor por compatibilizar su apego a la legalidad señorial y a las virtudes del conde, condenando la actitud de los vasallos, con una tenue justificación de la rebelión de 1762, algo disculpada como signo de un cambio general al que tampoco podían escapar los gomeros.
A veces los vecinos elevan quejas e inician litigios por motivos aparentemente nimios o de importancia secundaria para aprovechar la brecha procesal y hacer llegar su insatisfacción hasta unos centros de poder y decisión, lejanos para la mayoría (caso de la Real Audiencia en Gran Canaria), en los que esperaba obtener apoyo para atenuar los atributos señoriales; en otros casos, los pleitos se convierten en seculares y resurgen..
Por último estaría el tumulto, el motín desnudo que emerge contadas veces a lo largo del Antiguo Régimen, si bien se registra una sensible presencia de los mismos a partir de finales del siglo XVII. La herencia revolucionaria la podemos observar en el poemario de un gomero universal, Pedro García Cabrera.
Un día habrá una isla
que no sea silencio amordazado.
Que me entierren en ella,
donde mi libertad dé sus rumores
a todos los que pisen sus orillas.
(Las islas en que vivo)
Hasta que se nos oiga
hemos de romper puertas,
matar espantapájaros
y derribar estatuas.
(Respuesta del Estudiante)
BASTA YA DE COLONIALISMO ESPAÑOL EN CANARIAS